Los calentadores estancos ya son obligatorios por ley

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Los calentadores de gas estancos para la producción de agua caliente sanitaria (ACS) son obligatorios por ley desde el 1 de mayo de 2018. Así lo establece el Reglamento de Instalaciones Térmicas en los Edificios (RITE). En este post repasamos lo que indica la normativa sobre instalación de calentadores tanto en instalación de obra nueva como en la sustitución de viejos calentadores.

A partir del 1 de mayo de 2018 sólo se pueden instalar calentadores estancos tanto en instalaciones de obra nueva como en sustituciones de viejos calentadores ya instalados por uno nuevo. La razón es sencilla: los calentadores estancos aseguran que no haya fuga de gases nocivos y ofrecen la máxima seguridad en todo tipo de viviendas.

Esto es posible porque la combustión se produce en una zona del calentador que es estanca a la sala en la que se encuentra y no necesitan obtener el aire del lugar donde se encuentran instalados para hacer la combustión. Estos calentadores captan el oxígeno del exterior a través de un tubo o chimenea con un ventilador y una vez realizada la combustión, expulsan los gases quemados resultantes al exterior, a través del mismo ventilador.

Ventajas de los calentadores estancos

En un calentador estanco, la combustión se produce en una zona estanca, es decir completamente cerrada. Para realizar la combustión, capta el oxígeno del exterior a través de una chimenea con ventilador. Esa misma chimenea capta el oxígeno y expulsa el humo resultado de la combustión al exterior. (Diazepam)

Los calentadores estancos aseguran que no haya fugas de gases nocivos y ofrecen la máxima seguridad, ya que no captan el aire para la combustión de la sala donde se encuentran. Además, este tipo de calentadores permite reducir las emisiones contaminantes hasta niveles apenas perceptibles, por lo que son más respetuosos con el medio ambiente y reducen la factura energética.

A diferencia de los calentadores atmosféricos, los calentadores estancos  pueden colocarse en lugares más pequeños y de menos ventilación aunque tampoco pueden instalarse cerca de los fuegos de la cocina.

A la hora de elegir un calentador para gas natural, debes tener en cuenta la necesidad de agua caliente que tenéis en casa, que depende en gran medida del número de grifos y personas de la casa. Por regla general, si se trata de abastecer un grifo de lavabo o fregadero y una ducha, siempre que no haya saltos térmicos de más de 25º, con un pequeño calentador de 6 litros puede ser suficiente. Si vas a necesitar varios puntos de agua caliente simultáneos, es recomendable que instales equipos de entre 14 y 20 litros por minuto.

Recuerda que... la instalación de un calentador de gas siempre debe realizarla un técnico especializado.

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